Mecanismos bilaterales:
a) Acuerdos bilaterales: Categorías y evolución:
Acuerdo-marco: expresión de voluntad de acercamiento político o incremento del intercambio, son fuerza ejecutoria relativa. Establece principios y enunciados de alcance orientador. Ej Tratado de Asunción.
Acuerdos sectoriales: tienen por objeto crear normas estatutarias entre 2 Estados para un sector de actividad económica o grupo de sujetos determinado. Ej. Francia y Brasil acuerdo de cooperación tecnológica.
Esquemas novedosos: se refiere al acuerdo alcanzado entre México y Francia en 1981 con características típicas de un acuerdo marco pero con ciertas particularidades, como que hace referencia a los diversos grados de desarrollo, la búsqueda de reciprocidad y complementariedad, la atribución de aportes y expectativas de cada parte.
Solución de conflictos y composición de intereses divergentes: son convenios específicos que carecen de fuerza jurídica. Ej. Corea – EEUU. Corea se comprometía a desarrollar una legislación sobre patentes y derechos de propiedad intelectual y medidas de protección para los programas de computación y productos farmacéuticos y EEUU se compromete a no adoptar medidas retaliatorias y barreras al ingreso de sus productos.
Acuerdos administrativos y Memorándum de entendimiento: acuerdos de cooperación en áreas administrativas. Constituyen la iniciación de negociaciones tendientes a llegar a un acuerdo que sustituya el memorándum. Ej. Intercambio confidencial de información entre EEUU y Rusia.
Compromisos de autolimitación y de organización de mercados: son compromisos de autolimitación de exportaciones. Ej. EEUU y Japón sobre semiconductores. Éste establecía que el precio debe ser un 8% por encima del costo.
Nuevas categorías: acuerdos entre Estados y OI o entre Estados y personas jurídicas. Son acuerdos sometidos a las reglas de origen internacional, su objeto y estructura normativa es internacional y no son tratados en sentido clásico ni contratos sometidos al DIPr.
Mecanismos multilaterales:
a) Tratados internacionales: acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único, o en dos o más instrumentos conexos, y cualquiera sea su denominación particular.
Etapas:
- Negociación
- Adopción del texto
- Autenticación (para fijar el contenido definitivo mediante firma o rúbrica)
- Prestación del consentimiento (firma o ratificación)
- Reservas (expresas, no estén prohibidas o las que no estén en desacuerdo fin)
- Depósito
Se basan en 3 principios: pacta sunt servanda, solo crean obligaciones entre las partes y el consentimiento es la base de la obligación jurídica.
Tratados normativos: enuncian normas de aplicación general. Reconocen o incorporan Costumbre Internacional. Ej. Los derechos del niño.
Tratados contrato: concilian intereses contrapuestos y originan contraprestaciones recíprocas entre los sujetos. Ej. Acceso al mar entre Bolivia y Chile.
b) Resoluciones: instrumento a través del cual los gobiernos reunidos en foros internacionales expresan su voluntad común en torno a un tema. Nadie puede valerse de ella para exigir el cumplimiento de un acto determinado. Recomendable dotarlas de un mecanismo de control para evaluar su acción o inacción. Deben ser: específicas, precisas, razonables, equitativas y universales.
c) Acuerdos con sentido amplio: generan igualmente efectos vinculantes y gran repercusión en el desarrollo mundial.
- Acuerdo que no necesita ratificación: Ej. Acta del acuerdo de París para la novación de las obligaciones de los préstamos acordados o garantizados por los organismos gubernamentales de crédito a la exportación. En virtud de estos principios, el país deudor concluye luego acuerdos bilaterales con cada gobierno acreedor.
- Consensos y códigos de conducta: son creados en el seno de OI para crear lineamientos y pautas respecto de situaciones jurídicas que se consideran útiles de orientar. Ej. OCDE estableció pautas para los créditos a la exportación.
- Comunicados conjuntos o declaraciones: declaraciones de autoridades de varios países para coordinar políticas. Ej. OPEP.
- Acuerdos de autoridades gubernamentales.
- Acuerdos internacionales multilaterales entre empresas privadas: son personas jurídicas que establecen usos y prácticas que tienden a llenar vacíos normativos. Ej. IATA: organización interprofesional que imparte normas técnicas y reglamentación para la navegación aérea comercial, incluso dicta disposiciones reglamentarias de tarifas que requieren homologación nacional.
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